Sigue impune la pérdida del patrimonio ambiental

Extracción de cobre en la mina de Chuquicamata, Chile
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Extracción de cobre en la mina de Chuquicamata, Calama, Chile

Contrariamente a la reciente celebración del bicentenario de su independencia, Chile ha orientado su regulación durante los últimos 40 años, hacia un proceso de privatización y tras nacionalización casi total de su patrimonio ambiental, además del desmontaje de las facultades del Estado para administrar los recursos naturales y el territorio nacional. Dicho proceso iniciado con los programas de ajuste estructural y privatización de activos públicos y de servicios básicos durante el régimen militar, continuo durante las dos décadas de gobiernos de transición, liderados por la socialdemocracia agrupada en la Concertación de partidos por la democracia y se consolido a través de decenas de tratados de libre comercio e inversión con Norteamérica, Europa, China e India, entre otras potencias de Asia.

Chile es el segundo país que ha firmado mayor cantidad de acuerdos de libre comercio e inversión a nivel mundial. Ello ha significado que las regulaciones e instituciones están abiertas a cualquier actor económico, de cualquier parte del mundo, para invertir, explotar y exportar el patrimonio ambiental del país. La inserción de Chile en la economía global, el gran proyecto político de la dictadura militar, fue continuada por los gobiernos de transición, profundizando el modelo exportador primario. Bajo el eslogan de las “Agendas Pro-Crecimiento”, la Concertación amplió y profundizó dicha estrategia mediante múltiples tratados de libre comercio, finanzas e inversiones, la remoción de marcos regulatorios y la adopción de “trato, nacional” para actores trasnacionales, radicalizando así la integración de Chile a la economía global como única estrategia de desarrollo.

El resultado de dicha estrategia fue la constitución y consolidación de tres condiciones estructuturales, que contituyen las bases del “estado de derecho” post golpe de estado, y cuyo desmontaje debe ser condición fundamental de toda estrategia para reconstruir la democracia plena en Chile. La primera, es que los recursos naturales y el territorio nacional son en términos absolutos, recursos disponibles para la economía global. La segunda, es que la expansión e intensificación de los mercados, las inversiones, y los servicios (financieros, ambientales, culturales, etc.) ocurre de acuerdo a las prioridades de los actores privados, principalmente trasnacionales. Tercero, que las condiciones de negociación sobre la política pública y el desarrollo, están determinadas por el mercado y no por el bien común, lo cual ha transformado al Estado en un ente funcional a las prioridades privadas. Con la consolidación de estas reglas, Chile asumió una política de decisión sobre el desarrollo nacional desde la lógica de la competitividad internacional, mayoritariamente dominada por actores transnacionales y una minúscula elite local.

Chile enfrenta hoy una creciente conflictividad ambiental, perdida de legitimidad del sector político y una grave brecha de inequidad socioeconómica y de acceso a servicios básicos tales como salud y educación, entre otros.

El Agua: Entre los Derechos Humanos y las Reglas del Mercado

La regulación para el acceso y gestión del agua en Chile, esta determinada por el Código de Aguas implantado por la dictadura en 1981, “con un fuerte sesgo pro-mercado; que privatizo la propiedad del agua y por primera vez en la historia de Chile, separó el agua del dominio de la tierra para permitir su libre compra y venta” (1), transformándola en una mera mercancía.

El Código de 1981, define al agua como “un bien nacional de uso publico”, pero autoriza la privatización del agua a través de la concesión de derechos de uso gratuitamente y a perpetuidad. Una vez que el Estado entrega los derechos de agua a los privados, la reasignación se hace a través del “mercado de aguas”, donde el propietario del agua, la puede arrendar, comprar y vender como un bien inmueble. Este mecanismo favoreció la extrema concentración de la propiedad sobre este recurso; actualmente solo 3 empresas poseen 90% de los derechos de agua no consuntivos para generación hidroeléctrica a nivel nacional (2).

En los servicios de agua potable y saneamiento, el proceso de privatización y tras nacionalización del agua se realizo en los gobiernos de Eduardo Frei (1994-1999) y Ricardo Lagos (1999-2005) junto a la privatización de las empresas sanitarias. Concluyendo en 2010-2011 durante el gobierno de Sebastián Piñera, con la venta de las acciones que el Estado de Chile se había reservado en ESVAL, ESBBIO. ESSAL y AGUAS ANDINAS (3). Actualmente, la totalidad de las empresas sanitarias son privadas (4), con excepción de SMAPA del municipio de Maipú, al este de Santiago y los servicios de los poblados rurales. Esta es una de las razones por la que los servicios de agua potable en Chile son los más caros de América Latina (5), lo que favorece a las trasnacionales Suez y Agbar (6); al sector financiero global como Santander Investment, y fondos de pensiones como el de los profesores canadienses.

El proceso de privatización de las aguas, genero niveles extremos de concentración y desnacionalización de la propiedad de este recurso natural, debido a que el Estado concedió gratuitamente derechos de agua superficiales y subterráneos a empresas mineras, forestales, agroindustriales e hidroeléctricas, perjudicando los derechos de la mayoría de la población y el despojo de campesinos e indígenas.

La privatización significo la pérdida de control público sobre las fuentes de agua y graves problemas en la gestión ambiental y económica de este recurso. Actualmente Chile enfrenta una grave crisis de gobernanza sobre el agua, donde el Estado tiene pocas atribuciones para resolver situaciones de escasez creciente en el norte y centro del país y creciente conflictividad local, regional y nacional por el acceso al agua.

La Desnacionalización de los Recursos Mineros

Chile es el principal productor de cobre a nivel mundial y aporta más del 35% de este mineral a la economía globalizada (7). Por más de un siglo la minería ha sido un sector estratégico en la economía nacional. En 1971 la riqueza minera del país fue nacionalizada, mediante la Ley 17.450 que modifico la Constitución de la época, para otorgar al Estado de Chile el dominio sobre la riqueza minera(8). Ello permitió la expropiación de la gran minería del cobre (hasta ese entonces en manos de capitales extranjeros, principalmente norteamericanos).

Pero la dictadura militar, mediante la Ley Orgánica Constitucional sobre Concesiones Mineras en 1982, volvió a desnacionalizar el sector, y en 1983 dicto un Código de Minería, incluyendo la Concesión Minera Plena, que restableció el dominio privado sobre los yacimientos mineros, por tiempo indefinido a cambio del pago de una patente minera mínima anual (9). Así el derecho de los privados sobre las concesiones mineras quedo garantizado constitucionalmente y en caso de expropiación, el privado dueño de una concesión minera debe ser indemnizado sobre las ganancias netas esperadas del negocio, sea o no realizado (10).

A esta modificación, se sumo la liberalización de la inversion extranjera directa a través del Decreto Ley 600, el cual otorgo al inversionista un contrato con el Estado; libertad total para repatriar las utilidades y el capital; libertad para operar en el mercado cambiario; y favorables condiciones tributarias. Estas garantías entregadas por el régimen militar al inversor minero, y posibilitó el dominio privado sobre el sector minero, el cual aumento desde 15% en 1972 a 47% en 1994; 60% en 1996 (11) y hasta sobre 70% en 2005. En el caso del cobre del total de 5.327 toneladas métricas de producción chilena comercializada en 2008, solo 27, 5% correspondió a Codelco y 72,6% a mineras privadas (12) la mayoría de ellas grandes trasnacionales. Asi, a la desnacionalización de los minerales, se sumo la privatización del agua y del sector eléctrico, también asociados a la explotación minera.

El marco legal de la dictadura, mantenido en democracia, ha perpetuado en Chile la sobreexplotación y perdida del capital minero y la perdida de ingresos por tras nacionalización, ausencia de royalty y baja tributación. Adicionalmente la actividad minera ha provocado una herencia toxica difícil de solucionar. Hoy existen 149 depósitos de desechos mineros sólidos y 717 tranques de relave en operación, de los cuales 300 presentan problemas de seguridad; (13) filtración de tóxicos a cursos de agua, e impactos sobre ciudades densamente pobladas como Andacollo y Copiapó.

La débil normativa ambiental, la gratuidad de los derechos de agua y el exiguo pago por las concesiones mineras, constituyen un subsidio a la actividad minera. En el caso de la región de Antofagasta, la región de mayor concentración minera del país, la minería utiliza más de mil litros por segundo de aguas superficiales y posee casi el 100% de los derechos sobre las aguas subterráneas (14). La utilización de acuíferos subterráneos ha generado graves impactos sobre bofedales y humedales de altura, poniendo en riesgo las actividades de subsistencia de las comunidades indígenas atacameñas de la zona (15) .

Adicionalmente, explotaciones de Barrick Gold en el valle del Huasco, región de Atacama; de Codelco-Andina, en la Cuenca del rio Aconcagua, región de Valparaíso; de Antofagasta Minerals en la cuenca del río Choapa y de AngloAmerican en la región metropolitana de Santiago, están destruyendo grandes superficies de glaciares. Estas empresas desde los años 90, han destruido superficies de hielo equivalentes a: 21 millones/m3 (Codelco); 3 millones m3 (Antofagasta Minerals); y 9 millones de metros cúbicos de agua (AngloAmerican) respectivamente (16).

Dicha expansión también promete agravar los conflictos por el agua, particularmente porque la actividad minera se concentra en zonas de gran escasez hídrica. En el centro del país, se intensificaran los actuales conflictos entre la minería y la producción agrícola que aporta al sector exportador y genera gran cantidad de empleos. Ello presenta un obstáculo estructural para la expansión minera y conflictos crecientes con las poblaciones locales que los gobiernos no han querido enfrentar. A esta situación hay que agregar las licitaciones de contratos privados de explotación de hidrocarburos y de litio en años recientes.

A 40 años del golpe es urgente hacer cambios al régimen minero instaurado en la dictadura militar, con el objeto de revertir la desnacionalización; parar la expropiación de los beneficios de la minería; instaurar regulaciones para la eficiencia hídrica, la protección de glaciares y la restauración de los impactos y pasivos ambientales y sociales en las regiones mineras.

Recursos Naturales, Bienestar Social

El régimen de propiedad y gestión de las aguas y recursos mineros en Chile también se extiende a los recursos marinos, donde un régimen de concesiones pesqueras entregadas en su totalidad al sector privado, en virtud de la Ley de Pesca de 19, capturó por más de 30 años la renta de los recursos pesqueros para 7 grupos económicos y devastado la totalidad de las especies en que concentró su captura. Dicho marco legal acaba de ser renegociado en 2013 con algunas restricciones ambientales, pero dando plena continuidad al régimen de propiedad implantado por la dictadura militar.

Como se destacó anteriormente, el marco jurídico vigente impide que la mayoría de los chilenos reciba beneficios de las actividades basadas en la explotación de los recursos naturales que son propiedad de todos los chilenos. Simultáneamente el modelo de explotación y exportación primaria genera muy pocos empleos, y la mayoría con bajos salarios, en consecuencia las ganancias de las actividades extractivas retornan al capital y no se distribuyen a través de la generación de empleos. La minería por ejemplo, que corresponde a más de 40% de las exportaciones chilenas, solo genera 2% de empleo por unidad de inversión, siendo los peores en la generación de beneficios sociales a través de empleos. Tampoco reciben beneficios las regiones que concentran recursos naturales minerales, hídricos o forestales; las que a pesar de aportar sustantivamente a la economía nacional, sufren pobreza, pésima educación y salud, y carencia de servicios e infraestructura.

El régimen económico y regulatorio en Chile contiene problemas estructurales para la generación de beneficios sociales en base al uso de sus recursos naturales, este hecho no se condice con los requisitos de acceso a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) y ha incrementados los conflictos sociales por el agua, los impactos de la minería y la generación
eléctrica y el acceso a la educación y la salud. Las masivas marchas por el agua, la educación pública y la protesta contra proyectos energéticos y mineros y su judicialización son muestras de una crisis de legitimidad y gobernanza de la normativa vigente.

Actualmente la incompatibilidad entre los desafíos ambientales y la agenda de crecimiento económico en Chile es evidente y flagrante pero los gobiernos tratan de neutralizar los conflictos sin enfrentar la situación. Al respecto la OCDE (17)señaló, que el país tiene que reformar su institucionalidad ambiental y su política económica; crear normas ambientales para cada sector productivo (minero, forestal, acuícola); desarrollar una política fiscal compatible con la protección del Medio Ambiente; crear un sistema eficaz de ordenamiento territorial e integrar las tareas de fiscalización a los indicadores de desempeño.

Chile debe concretar más temprano que tarde cambios que permitan la gobernabilidad, la justicia social y la sustentabilidad ambiental del desarrollo que exige una transición real hacia la democracia. Entre estos cambios al menos hay 3 desafíos que Chile debe enfrentar:

a) Ordenamiento territorial y mejoramiento de la normativa para el uso sustentable de los recursos naturales. Ello no sólo se restringe a planificar el ordenamiento industrial o urbano hoy capturado por el mercado del suelo, sino también el uso sustentable de los recursos naturales renovables y no renovables y la integridad de los ecosistemas.

b) Corregir las tendencias externalizadoras de costos ambientales a la sociedad y terminar con la competitividad regresiva que condena al país al vaciamiento de su patrimonio ambiental y al lastre
de los pasivos ambientales, especialmente mineros y prevenga su ocurrencia. Ello requiere una reforma fiscal internalizadora de costos y un marco normativo que asegure la salud de la población
y de los ecosistemas.

c) Expresar un avance democratizador en el ejercicio de los derechos socio ambientales, los cuales deben ser establecidos en la Constitución (18), tales como el derecho humano al agua y al saneamiento, el derecho a la alimentación, la salud, la educación; el derecho al territorio y a la ciudad, el derecho a la protección de la naturaleza y a los medios de producción esencial como el agua, la tierra y la energia.

A 40 años del golpe militar y legal, Chile necesita urgentemente un cambio en toda la regulación referida al uso, gestión y conservación de los recursos naturales; un monitoreo del patrimonio ambiental y del PIB para sincerar la sustentabilidad socioambiental del desarrollo económico y una revisión de sus patrones de inserción global. Dada su dependencia de las exportaciones, un cambio en la estrategia de inserción global de Chile podría estar basada en el uso no consuntivo de los recursos naturales y con alto poder de generación de empleos como el turismo, la producción de alimentos, y algunos servicios eco-sistémicos. Ello no solo evitaría la sobreexplotación de los recursos naturales, sino que permitiría mayor diversificación en la globalización y políticas adecuadas de adaptación social, ambiental y económica al cambio climático.

1 Chile Sustentable “Disponibilidad y Uso Sustentable desagua en Chile” pp218 Por un Chile Sustentable :propuesta ciudadana
para el cambio, santiago, Chile 1999

5 Según cifras de CEPAL (2003) Además, el Estado subsidia a las sanitarias, cubriendo con subsidios el pago de tarifas de los
hogares de menores ingresos...

6 Suez Lyonesse des Aux (Francia) y Aguas de Barcelona (España)

7 Comisión Chilena del Cobre 2009, “Producción mundial y chilena de cobre de mina, porcentaje y tonelaje”www.cochilco.cl, en
base a World Metal Statistics, producción mundial 2009.

8 Chile Sustentable “Disponibilidad y Uso Sustentable desagua en Chile” pp 218. Por un Chile sustentable:propuesta ciudadana
para el cambio, Santiago, Chile 1999, en base a Agacino R y otros”Capital trasnacional y trabajo”, PET 1998

9 El pago de una Patente Minera cuyo valor es de 0,10 UTM anuales por cada hectárea.

10 Agacino, Rafael; en “Orientaciones para la sustentabilidad del sector minero en Chile”,pp 236, en “Por un Chile
Sustentable:propuesta ciudadana para el cambio”, Santiago Chile 1999

11 Programa Chile Sustentable, “ Orientaciones para la sustentabilidad del sector Minero en Chile”, en “Por un Chile
sustentable:Agenda ciudadana para el cambio , Santiago, Chile, abril de 1999

12 Cochilco, 2009. “Produccion chilena de cobre de mina comerciable por empresa” www.cochilco.cl

13 Programa Chile Sustentable, “ Orientaciones para la sustentabilidad del sector Minero en Chile”, en “Por un Chile
sustentable:Agenda ciudadana para el cambio , Santiago, Chile, abril de 1999

14 Equivalente a 12.000 litros por segundo , de acuerdo a la Dirección General de Aguas de Antofagasta (2009)

15 Barros, Alonso. “Aguas subterráneas: derechos colectivos, autonomía, mercado y justicia ambiental en el territorio
Likantatay, Págs. 347 y siguientes, en “Globalización , Derechos Humanos y Pueblos Indígenas” Observatorio de
Derechos de los Pueblos Indígenas , Temuco, Chile , 2008

16 Brenning, Alexander, “The impact of mining on Rock Glaciers an Glaciers: examples from central Chile- Univrsity
of Waterloo, Canada pags 196-205

17 Luego de la publicación de la “Evaluación de Desempeño Ambiental de Chile” realizada por
la OCDE a inicios de 2005, la crisis de desempeño ambiental del país dejó de ser sólo una
denuncia ecologista.

18 Constitución Política del Estado 1980, Artículo 19, número 8: “El derecho a vivir en un medio ambiente libre de
contaminación. Es deber del Estado velar para que este derecho no sea afectado y tutelar la preservación de la
naturaleza. La Ley podrá establecer restricciones específicas al ejercicio de determinados derechos o libertades para
proteger el medio ambiente”.